¿Trabajas en construcción? Conoce las normas a cumplir por tu empleador según la ley 196

El 01 de marzo de 2018 entró en vigencia la Ley 196 para los empleadores de obras de construcción en Nueva York. Conoce sus obligaciones…

Trabajadores de la construcción

El 01 de marzo de 2018 entró en vigencia la Ley 196, un instrumento jurídico que establece normas a cumplir por los empleadores de obras de construcción en Nueva York. La ley fue concebida como una medida necesaria para proteger a los trabajadores de la construcción, víctimas cada año de lesiones, caídas o muertes en zonas en construcción en la Gran Manzana.

No solo usted como trabajador debe cumplir requisitos de esta ley, también el empleador en obras de construcción debe acatar su responsabilidad para garantizar la integridad física y emocional de usted y sus compañeros, de acuerdo a los parámetros de la ley 196. Tome nota.

Garantía de capacitación

Los empleadores deben verificar que usted como trabajador completó la capacitación que estipula la ley 196. La primera etapa de capacitación cerró el 01 de marzo de 2018. En esa oportunidad, era necesario 10 horas de entrenamiento.

Pero antes del 01 de diciembre de 2018, la normativa exige que los trabajadores completen un mínimo de 30 horas de capacitación. La tercera etapa de entrenamiento debe hacerse antes del 01 de mayo de 2019.

Antes de esas fechas los empleadores deben levantar un registro diario de entrenamiento de los trabajadores y además cerciorarse que cada trabajador, una vez completada la capacitación, disponga de la tarjeta de seguridad avalada por la agencia de Administración y Seguridad Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés).

Si no cumple con estos requisitos, el empleador puede ser multado por las autoridades. Usted como trabajador no puede ser sancionado, y de ninguna manera pagar una infracción si no tuvo las garantías del empleador para asistir al entrenamiento. Según los postulados de la ley, los trabajadores tienen la co-responsabilidad de tomar el curso, pero los encargados de la obra serán los sancionados por las autoridades.

Capacitación para todos por igual

Los encargados de las obras en construcción deben garantizar que los trabajadores tengan derecho a recibir la capacitación para su seguridad, sin importar si son indocumentados o no; o si trabajan por hora, día o semana.

La ley 196 fue aprobada por el Consejo Municipal de Nueva York para reducir la mortalidad y las lesiones de trabajadores de la construcción. La premisa de la capacitación es que usted como trabajador gane mayor consciencia para evitar situaciones que pongan en riesgo su salud y su vida.

Si ha sufrido algún tipo de lesión, o conoce a algún trabajador que haya fallecido durante una obra de construcción, lo mejor es contactar a un abogado para accidentes de trabajo. Con nosotros no tiene nada que perder y mucho que ganar: la evaluación del caso es totalmente gratis.

Pagar salario durante capacitación

Mientras dure la capacitación requerida por ley, los trabajadores deberán recibir el pago de su salario por parte del empleador de la obra de construcción. La norma no estipula ninguna reducción ni suspensión del salario del trabajador. Además, la legislación establece que el trabajador no será cesanteado mientras dure la capacitación.

Recuerde que la capacitación es una medida legal que contribuye a protegerlo durante su jornada laboral en una obra de construcción. Los encargados de las obras deben proveerle las condiciones y garantías mínimas para cumplir con el trabajo sin arriesgar su vida, y sin sufrir ninguna lesión en un sitio laboral inseguro. Independientemente de su estatus migratorio, usted tiene derechos.

Author: Lean Mind

MBA (exchange), Entrepreneurship, Startups and VC - IE Business SchoolIE Business School. ● Full-time MBA, Business Administration and Management - The Australian Graduate School of Management (AGSM) @ UNSW Business School. ● Doctorado en Fisiología y Nutrición, Ciencias de la Nutrición - Universidad de Navarra.

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